Organizaciones políticas dispondrán de una franja electoral en las elecciones primarias

Martes, 19 Agosto 2025 - 10:15pm

Trujillo en Línea. - La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aplicará una franja electoral en las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026, mediante la cual se elegirán a los candidatos que participarán en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026.

Su difusión se realizará del 15 al 27 de noviembre de 2025 si las organizaciones políticas optaran por la modalidad A (afiliados y no afiliados) o B (solo afiliados), establecidas en el artículo 24 de la Ley de Organizaciones Políticas y desde el 22 de noviembre al 04 de diciembre, si todas las organizaciones políticas optaran por la modalidad C (delegados), conforme al citado dispositivo legal.

Por esta razón, el organismo electoral capacitó el 18 de agosto último a los representantes de los medios de comunicación, y redes sociales, así como a los representantes de las organizaciones políticas hábiles para participar en dichos comicios sobre las características de este tipo de financiamiento público indirecto.

La franja electoral son espacios contratados por el Estado, a través de la ONPE, con los medios de radiodifusión y televisión, de propiedad privada o del Estado de señal abierta, canales nacionales de cable de alcance nacional, estaciones de radio, públicos o privados y a contratar publicidad diaria en redes sociales, para que las organizaciones políticas que participan en un proceso electoral con candidaturas inscritas, incluyendo las primarias, puedan difundir planes de gobierno y propaganda electoral.

En general, entre los aspectos difundidos figuran la supervisión de la franja, las prohibiciones y requisitos de los spots, aspectos técnicos y operativos, y el registro obligatorio de casilla electrónica. Asimismo, se expuso sobre los temas legales y el proceso operativo a tener en consideración por los medios de comunicación y redes sociales, así como las interfaces del Portal Digital de Financiamiento (PDF) CLARIDAD, entre otros.

Respecto al marco normativo de esta modalidad de financiamiento público directo, se recordó que, conforme al artículo 36-D de la Ley N.° 28094, los medios de comunicación de radio o televisión que difundan propaganda electoral distinta a la contratada como financiamiento público indirecto incurren en infracción grave, sancionable con una multa que puede ir desde las 16 hasta 30 unidades impositivas tributarias (UIT).

Los especialistas de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios también explicaron las tres modalidades de elecciones primarias (afiliados y no afiliados, afiliados y por delegados). Igualmente, detallaron los criterios para el uso de la franja electoral, el prerregistro de redes sociales, el registro de proveedores y la selección de medios de comunicación por parte de las propias organizaciones políticas.
 
Mientras que la capacitación a los representantes de los medios de comunicación y redes se desarrolló de manera virtual, la ofrecida a las organizaciones políticas fue presencial y se desarrolló en la sede central del organismo electoral, ubicada en el Jr. Washington N° 1894, en el Cercado de Lima. En este último caso, luego de la exposición, los expositores respondieron diversas consultas de los representantes de las organizaciones políticas.(Fuente ONPE)

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