Sólo 3 millones de peruanos están dispuestos a donar sus órganos, revela Reniec

Sábado, 22 Mayo 2021 - 8:30pm

Trujillo en Línea.- En el marco del ''Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos'', el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) revela que de 25´231,474 peruanos mayores de edad, un total de 3´386,012 ha manifestado en su DNI la voluntad de "donar sus órganos”.

Sin embargo, quienes registraron en su DNI que no tienen voluntad de donar son 19´282,052, mientras que 2´563,410 ciudadanos no se especifica una respuesta. La comparación de las cifras de los últimos años, revela que el porcentaje de mayores de edad que han manifestado su voluntad de donar órganos consignándola en su DNI se mantiene en 13 %, en tanto el 76% prefiere no hacerlo y un 10% aún no se anima a tomar una decisión.

En el Perú cada 23 de mayo se conmemora el Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos. Hasta el momento, son más de siete mil pacientes que se encuentran en la lista de espera para recibir un órgano o tejido. Es así, que la donación de órganos se convierte en un acto de desprendimiento muy importante.

En ese sentido, el Reniec capacitó a 800 registradores para realizar el registro de los ciudadanos que decidan donar órganos o tejidos con el objetivo de promover la cultura de donación.

Cabe destacar que el impacto de la donación no se limita al paciente, sino también a la calidad de vida de su familia y la posibilidad de retomar las metas y anhelos pendientes.

Para ser donante, la persona debe solicitar al Reniec que en su DNI se exprese su voluntad de serlo, cada vez que renueve su DNI, o puede hacerlo en la opción actualizar la voluntad de donación de órganos en agencias, a través de la página web o en el aplicativo móvil, previo pago de una tasa de 22 soles en págalo.pe, sin tener su documento caduco.

También puedes hacerlo a través de la firma del acta de consentimiento para la donación voluntaria de órganos y tejidos en el Ministerio de Salud.


Conviene saber:

  Ley Orgánica del RENIEC

En el año 1997, se promulgó la Ley Nro. 26745, Ley que modifica la Ley Orgánica del RENIEC. Dispuso la incorporación del inciso k) al artículo 32, que establece que el DNI debe contar con “La declaración del titular de ceder o no sus órganos y tejidos, para fines de trasplante o injerto, después de su muerte”.

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