Devoluciones y exoneraciones de IGV ¿La gran empresa o los consumidores?

Lunes, 17 Diciembre 2018 - 11:00am

Trujillo en Línea.- El pasado 06 de diciembre, la comisión de Economía del Congreso de la República aprobó un proyecto que afectaba directamente a las empresas de los rubros mineros y de hidrocarburos. Y es que tras el debate, se decidió dar luz verde al proyecto que -después de 16 años- anulaba el beneficio tributario de devolución de los montos del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto de Promoción Municipal.

Según declaraciones a la prensa del presidente de la comisión, el congresista oficialista Carlos Bruce, dicha medida se tomó frente a la oposición de varios congresistas para ampliar este beneficio, que se vence el 31 de diciembre de este año.

Asimismo, Bruce Montes de Oca afirmó que no se contó con la sustentación adecuada de los beneficios de esta medida por parte de los ministerios de Economía y Finanzas y de Energía y Minas.

Estos beneficios fueron otorgados a partir del año 2002, con la promulgación de las leyes 27623 y 27624 para la devolución de estos impuestos para los sectores mineros y de hidrocarburos, respectivamente.

Desde el sector Energía y Minas el ministro Francisco Ísmodes  ha dejado la pelota en la cancha del ministro de Economía, Carlos Oliva.

El monto de las devoluciones es bastante alto y tal como recuerda Humberto Campodónico, en una columna de mayo de este año, citando un informe de la Ong Cooperacción: “del 2012 a 2017 la SUNAT devolvió IGV por S/. 72,319 millones de soles, la misma que creció en los últimos años: el 44% del total se devolvió en el 2016 y 2017. La devolución del IGV al sector minero ha sido la más alta con S/. 21,640 millones del 2012 al 2017”.  Entonces, el beneficio es netamente para los empresarios.

Ojo con los alimentos.
Pero, lo que genera preocupación sobre el tema del IGV, es que en la última sesión de la comisión de Economía donde se discutió este asunto, no se pudo poner en agenda la prórroga de la exoneración del pago del IGV a los alimentos.

Actualmente, el Texto Único Ordenado de la aplicación del IGV y el ISC, señala en su apéndice 1 un listado de productos agrícolas y alimenticos que están exentos del pago del 18% del IGV. Entre estos productos aparecen verduras, pescados, aves, frutas, etc.

Cada cinco años el Congreso aprueba la prórroga de este IGV, sin embargo -como ya lo hemos mencionado- la comisión de Economía no le dio pase a este tema, luego de enfrascarse en la discusión de la devolución a las empresas mineras y de hidrocarburos.

La exclusión actual dura hasta el 31 de diciembre de este año, y si el congreso no aprueba la prórroga hasta el año 2021, como se propuso, los usuarios terminarán pagando, a partir del 01 de enero del próximo año, el costo adicional de 18% cada vez que vayan al mercado a hacer sus compras.

Según fuentes de la comisión de Economía, se trata de un aproximado de 3 mil millones de soles que serán trasladados al precio de los productos denominados de “primera necesidad”.

Cuando la legislatura iba a terminar el 15 de diciembre se esperaba que la Comisión Permanente discuta de inmediato este tema. Sin embargo, con la ampliación de la misma por parte de la presidencia del Congreso, se supone que debería revisarse para que la prórroga se aplique y se evite así, un aumento en el costo de los precios y una elevación de los índices de inflación para los próximos meses.

Dato adicional
Respecto al caso de la devolución del IGV a la minería y los hidrocarburos, el Ejecutivo ha remitido el 11 de diciembre, un proyecto de ley para que el congreso apruebe la prórroga de dicho beneficio.

El proyecto señala, según la publicación Semana Económica, que “el beneficio de devolución en la fase exploratoria —que tendrá un costo fiscal de S/ 69.6 millones a corto plazo—, ha permitido incentivar las actividades de hidrocarburos y minería contribuyendo a mejorar la economía de los proyectos exploratorios y, por consiguiente, a hacer más atractiva la inversión de riesgo en nuestro país”.

El proyecto también manifiesta que “Estas inversiones están sujetas a un alto nivel de incertidumbre producto de los riesgos de descubrimiento, geológico, del proyecto, de mercado e intangible, que se puedan presentar en el desarrollo del proyecto”.

Finalmente, el gobierno de Vizcarra asegura que “Si bien la evolución de las inversiones a partir de la vigencia del beneficio tributario contenido en la Ley Nº 27624 ha ido en crecimiento; existen otros factores tales como: el precio del petróleo y los conflictos socio ambientales que han contribuido a que en los últimos años las inversiones se reduzca”.

¿Qué priorizará el Congreso? ¿El beneficio para los empresarios o el bienestar del bolsillo de la gente? ¿La inversión a gran escala o el flujo del mercado de consumo? Esperemos a ver qué ocurre en los 13 días que faltan para que termine el año.( Por:  Francisco Pérez García)

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